Se acercan las elecciones regionales en Colombia



Periódico El Sirirí


Antes de 1986 no existían las elecciones para alcaldes y gobernadores en Colombia, se votaba para  elegir concejales y diputados  en las mismas elecciones que se realizaban para elegir a los representantes del poder legislativo (Cámara y Senado). El proceso de descentralización política y administrativa, fortalecido con la Constitución del 91, buscó una mayor cercanía de los electores con los programas de gobierno local, una de las reformas para lograr este objetivo fue el establecimiento de la elección de gobernantes de los entes territoriales, primero de alcaldes en 1988 y, posteriormente, de gobernadores en 1992. Estas elecciones se hicieron coincidir con la elección de representantes para Concejos municipales y Asambleas departamentales.

La misma Constitución Nacional estableció que el voto para alcaldes y gobernadores es un voto programático, lo cual está regulado por la ley 131 de 1994, esto quiere decir que lo que elegimos con nuestro voto es un programa político que además es de obligatorio cumplimiento por parte del gobernante elegido. Nuestra cultura electoral ha privilegiado la exposición de nombres y personas para la ocupación de estos cargos de elección popular, dejando en un segundo plano el carácter programático del voto, lo que resta capacidad a la población para realizar control político o evaluar la gestión de los gobernantes de los entes territoriales. 

Las elecciones regionales deben ser programadas para la última semana de octubre del último año de vigencia de los gobiernos locales, para el presente año estas elecciones se realizarán el domingo 29 de octubre. El periodo de gobierno de alcaldes y gobernadores es de cuatro años e iniciará desde el 1 de enero del año siguiente a la elección.

Las funciones de gobernantes y concejales son:

Principales funciones de un alcalde:

El alcalde tiene funciones administrativas como asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación de servicios a su cargo; nombrar y remover funcionarios bajo su dependencia; suprimir, crear dependencias o empleos en conformidad con los acuerdos respectivos; ordenar los gastos del municipio.

El alcalde es el representante legal y extralegal de su municipio. 

El alcalde debe conservar el orden público dentro del municipio, es la primera autoridad de policía del municipio.

El alcalde debe presentar oportunamente al Concejo los proyectos de acuerdo sobre planes y programas, presupuesto anual de rentas y gastos y los demás que estime convenientes para la buena marcha del municipio. Así mismo debe sancionar y promulgar los acuerdos aprobados por el Concejo.

El alcalde tiene como obligación cumplir y velar por el cumplimiento de la Constitución y las leyes.




Principales funciones de un gobernador

El gobernador es el jefe administrativo y representante legal del Departamento, en tal sentido debe dirigir y coordinar la acción administrativa del Departamento y actuar en su nombre como gestor y promotor del desarrollo integral de su territorio, así como dirigir y coordinar los servicios nacionales en las condiciones de delegación que le confiera el Presidente de la República. El gobernador puede, en calidad de autoridad administrativa,

suprimir o fusionar las entidades departamentales y empleos de conformidad con las ordenanzas de las Asambleas departamentales..

Presentar oportunamente a las Asambleas los proyectos de ordenanzas sobre planes y programas de desarrollo económico y social, los de obras públicas y presupuesto de rentas y gastos

Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los decretos del Gobernador y las ordenanzas de las Asambleas Departamentales.

¿Cuáles son las funciones de un concejal?

Reglamentar las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del municipio.

Adoptar los correspondientes planes y programas de desarrollo económico y social y de obras públicas.

Autorizar al alcalde para celebrar contratos

Dictar las normas orgánicas del presupuesto, expedir anualmente el presupuesto de rentas y gastos y votar de conformidad con la Constitución y la ley los tributos y los gastos locales.

Determinar la estructura de la administración municipal y las funciones de sus dependencias; las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos; crear, a iniciativa del alcalde, establecimientos públicos y empresas industriales o comerciales y autorizar la constitución de sociedades de economía mixta.

Reglamentar los usos del suelo y vigilar y controlar las actividades relacionadas con la construcción y enajenación de las viviendas

Elegir Personero y los demás funcionarios determine la ley

Dictar las normas necesarias para el control, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio.




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