Cabildo Muisca de Ubaque presenta petición ante invasión de camino real.



Ante el encerramiento y posible privatización de camino real que conecta al municipio de Ubaque con el Páramo de Cruz Verde y que hace parte de la Reserva El Delirio, camino que ha sido utilizado  por las comunidades urbanas y rurales de Ubaque y municipios vecinos, para actividades de movilidad y acceso público a los territorios, el Cabildo Muisca Cacique de Ebaque, ha enviado derecho de petición a la Alcaldía del municipio, pidiendo explicación por este hecho y pidiendo correctivos necesarios para impedir la apropiación de estos espacios públicos por particulares Adjuntamos derecho de petición, con autorización de dicho Cabildo.


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Ubaque, 6 de Marzo de 2020
Doctora

AIDA LILIANA VELAZQUEZ PARDO
Alcaldesa

Ubaque – Cundinamarca
Atn. Secretaría de Planeación e Infraestructura de Ubaque.

Asunto: Derecho de Petición en Interés General – Articulo 23 de la Constitución Política -
Sentencia T-077 de 2018 sobre alcances del Derecho de Petición.
Yo, Lida Carmenza Castillo Castillo, vecina de este municipio e identificado como aparece
en forma adjunta a mi firma, en mi calidad de Gobernadora del Cabildo Muisca Cacique
de Ebaque, por medio de la presente:

SOLICITO

PRIMERO: Información detallada sobre la situación jurídica y de uso actual del suelo (con
anexos de soporte), de las ramificaciones del Camino Real que conecta al municipio de
Ubaque con el Páramo de Cruz Verde, especialmente aquellos ubicados alrededor de la
Laguna Cacique de Ebaque, camino que a su conduce a la Reserva El Delirio, declarada
Espacio Protegido del Nivel Nacional por el Ministerio de Agricultura en 1977.
SEGUNDO: Información detallada sobre posibles traslapes o conlindancias del Camino
Real descrito y sus ramificaciones, con predios privados o en proceso de privatización, con
la correspondiente cartografía y documentación oficial de soporte,
TERCERO: Sí es del caso, la relación detallada de actividades privadas debidamente
autorizadas para su realización en el camino descrito, con los actos administrativos de
soporte.
CUARTO: Sí es del caso, la expedición del correspondiente certificado de nomenclatura,
riesgo y amenaza, compatibilidad de uso de establecimiento y uso del suelo para predio y
titulación.
QUINTO: Sí es del caso, la revocatoria de los actos administrativos que posibilitan la
realización de alinderamientos, escrituraciones, concesiones, licenciamientos y otras
actividades privadas que afecten el acceso, uso y movilidad pública del camino real descrito
y las ramificaciones que permiten la llegada peatonal a la laguna Cacique de Ebaque. Por
atentar contra el interés público y social y el ordenamiento jurídico vigente.
SEXTO: El retiro permanente de toda infraestructura física o viva que este impidiendo el
transito habitual por el camino real que permite el ingreso peatonal a la laguna Cacique de
Ebaque.
SÉPTIMA: En caso de ausencia de traslapes con predios privados o en proceso de
privatización, el impulso de las investigaciones necesarias sobre riesgos o actividades de
invasión en la zona, que estén afectando el acceso público y conservación del camino
descrito.
HECHOS

PRIMERO: El Camino Real que conecta al municipio de Ubaque con el Páramo de Cruz
Verde, hace parte de la Reserva El Delirio, declarada Espacio Protegido del Nivel Nacional
por el Ministerio de Agricultura en 1977.
SEGUNDO: El Camino Real descrito ha sido utilizado históricamente por las comunidades
urbanas y rurales de Ubaque y municipios vecinos, para actividades de movilidad y acceso
público a los territorios aledaños. Una ramificacion de dicho camino ha permitido
historicamente la entrada peatonal a la laguna Cacique de Ebaque.
TERCERO: El Camino descrito no solo conecta ecosistemas importantes de la región como
el Páramo Cruz Verde y la Laguna del Cacique de Ubaque con los Cerros Orientales de
Bogotá (declarados reserva forestal en 1976), sino sitios sagrados del Pueblo Muisca
presente ancestralmente en la zona (conforme lo reconocen los últimos cinco Planes
Municipales de Desarrollo de Ubaque, aprobados por Acuerdo Municipal).
CUARTO: En la WEB www.fincaraiz.com.co se anuncia actualmente la venta de lotes que
presentan traslape con el camino real descrito; lo que coincide con recientes actividades de
encerramiento e instalación de letreros de SE VENDE en el mismo, a manos de una
empresa denominada GRUPO BOX INMOBILIARIA, con teléfonos de contacto 316
5265318 y 8486215.



Vista aérea del camino cerrado indicado por la flecha azul.






FUNDAMENTO JURÍDICO
Lo anterior conforme a:
I. Artículos 23 y 74 de la Constitución Política de Colombia sobre el derecho a la información
y acceso a documentos de carácter oficial.
II. Ley 1712 de 2014 sobre transparencia y acceso a información pública
III. Artículo 34 - numeral 12 y articulo 35 - numeral 8 de la Ley 734 de 2002 o Código
Disciplinario Único, sobre deberes y prohibiciones inherentes al ejercicio de la función
pública y la contestación de solicitudes.
IV. Artículos 14, 15 y 24 de la Ley 1755 de 2015 que reglamenta el derecho de petición y
los únicos documentos que pueden ser sometidos a reserva.
V. Ley 7474 de 2011 o Estatuto Anticorrupción, sobre los principios de transparencia y
acceso a información pública.
VI. Convenio 169 de 1989 de la OIT y Ley 21 de 1991 sobre los derechos de los pueblos
indígenas frente a las actuaciones de los Estados.
VII. Artículos 7 y 8 del Decreto 1397 de 1996, sobre la concertación de proyectos que
afecten a territorios y comunidades indígenas.
VII. artículo 93 del código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo
(Ley 1437 de 2011)

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